Antes de esa fecha, dos condenados por delitos sexuales vieron reducida su condena y uno de ellos llegó a salir de la cárcel
Los tribunales de la Comunidad han acordado 45 reducciones de pena
Dos eran a finales de enero y dos siguen siendo ahora, los presos palentinos que se han beneficiado de la rebaja de las penas propiciada por la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley de ‘solo sí es sí’, tal y como señalan los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales, a fecha de 31 de marzo.
Desde la que se produjo la primera batería de presentaciones de solicitudes de revisión de penas a raíz de la entrada en vigor de esta ley, en el mes de octubre pasado, no se han producido nuevas rebajas en las condenas anteriores.
De los dos casos en los que el reo ha conseguido una revisión a la baja de su condena, uno de ellos pudo salir de prisión. Una excarcelación que se debió a una rebaja en la pena de este condenado de seis meses, pasando de una condena inicial de 10 años y seis meses a 10 años.
Debido a lo avanzado del cumplimiento de la pena por este condenado, esta rebaja propiciaría su salida de prisión.
No ha ocurrido así con el otro caso que ha revisado a la baja la Audiencia Provincial de Palencia, donde el condenado por un abuso sexual a menor de 16 años, ha visto cómo la nueva concepción de la Ley, le ha rebajado la pena de prisión de 8 a 6 años. En todo caso, seguirá cumpliéndola en la cárcel. No en vano, se trata de una pena dictada en 2019.
En ambos casos, la decisión de la Audiencia Provincial no era firme, dado que cabía posibilidad de recurso.
Desde el CGPJ se advierte que los datos corresponden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022 hasta el 31 de marzo. Además, se indica que las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.
A lo que no hace referencia estos datos es lo que ha supuesto esta nueva ley en nuevos casos juzgados y si nuevos condenados han visto como la pena que se les hubiera impuesto habría sido mayor de no haber entrado en vigor esta ley que ahora se pretende modificar.
En Castilla y León, según estos datos, se han revisado diez expedientes por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJCyL), sin ninguna reducción. En cuanto a las audiencias provinciales no se ha producido ninguna reducción ni en Ávila ni en Soria. Burgos figura en cabeza con 12 reducciones y cuatro excarcelaciones, por delante de Zamora, con nueve, de las que una acabó en excarcelación, y León, con ocho. En Salamanca se contabilizaron siete rebajas de condena, una más que en Valladolid, mientras dos se registraron en Palencia (una de ellas terminó en salida de prisión) y una en Segovia