Saldaña comenzará a aplicar en 24 horas las bonificaciones aprobadas en pasado mes de marzo en la Ordenanza fiscal del Impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras.
Las construcciones, instalaciones u obras que se declaren de especial interés o utilidad municipal podrán gozar, siempre que se cumplan los requisitos sustanciales y formales que se establecen en esta ordenanza, de una bonificación en la cuota del impuesto, que oscilara entre el 20 y el 95%, según se especifica en el nuevo articulado que entra en vigor mañana.
El sujeto deberá presentar solicitud de bonificación de la cuota el impuesto, simultáneamente a la solicitud de licencia de obra o declaración responsable, indicando las circunstancias que concurren para la aplicación de las bonificaciones establecidas.
La resolución corresponderá al Pleno de la Corporación, se acordará con el voto favorable de la mayoría simple de sus miembros y será motivada en todo caso, debiendo el Ayuntamiento de Saldaña resolver y notificar la misma en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de bonificación.
Podrán refundirse en un solo acto, acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Saldaña, aquellas declaraciones de especial interés o utilidad municipal que, debidamente relacionadas, posibiliten la identificación, en cada caso, de las construcciones, instalaciones y obras.