La Consejería de Sanidad regula en una orden, publicada en el Bocyl, que tendrán derecho a 21,6 euros por día de alojamiento y 6 por manutención
La Consejería de Sanidad abonará nueve céntimos por kilómetro recorrido a los pacientes que tengan reconocido el derecho de asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, incluyendo ida y vuelta, e independientemente del medio de transporte utilizado. Esto supone un 30 por ciento más que hasta ahora, cuando se pagaban siete céntimos por kilómetro. A ello se suman seis euros diarios por manutención, frente a los cinco euros otorgados anteriormente, y 21,6 por alojamiento, 3,6 euros más que la regulación que permanecía vigente.
Sacyl modifica así en una orden, publicada en el Bocyl y que entra hoy en vigor, el régimen de ayudas destinadas a pacientes y acompañantes para compensar los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención originados por la asistencia sanitaria fuera de la localidad de residencia.
Su aplicación será “inmediata”, con un gasto añadido este año de 400.000 euros, hasta los 2,6 millones de euros, tal y como avanzó la semana pasada en la sesión de control al Ejecutivo del pleno de las Cortes el consejero de Sanidad, Alejandro Vázquez, quien añadió que se trata de una mejora de ayudas incluidas dentro del paquete de respuesta de la Junta a la situación generada por la guerra de Ucrania.
A partir de 2023 el coste aumentará en 600.000 euros, de forma que se acercará a los 2,8 millones.
Vázquez explicó que el incremento de las ayudas de desplazamiento aumentará un 30 por ciento, un 20 la de alojamiento y un 22 por ciento las de manutención. Se trata, dijo, de un “esfuerzo más” que hace la Junta a pesar de que no está resuelto la reforma de la financiación autonómica, para que se ajuste a las condiciones de la Comunidad, que obliga a “mover” a los pacientes más que en otros territorios.
Las ayudas se aplicarán a los acompañantes única y exclusivamente cuando se utilice transporte público regular, acreditado mediante la presentación de los correspondientes billetes. La cuantía será también de nueve céntimos por kilómetro.
Las solicitudes de ayudas que correspondan a desplazamientos realizados con anterioridad a la entrada en vigor de la orden se regirán por la normativa vigente en la fecha en que se produjo el desplazamiento.
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