Sede de la Audiencia Provincial y de varios Juzgados de Palencia. / Óscar Herrero

El Tribunal Supremo señala al 4 de Palencia como el competente para la instrucción de un caso de estafas en alquileres de tierras y fraudes en la PAC

Nadie lo quería, y a Palencia le ha caído. En concreto al Juzgado de Instrucción número 4 de Palencia. Aunque más que caer ha sido el Tribunal Supremo el que ha determinado que debe ser este Juzgado palentino el que investigue un caso de posibles estafas en los arrendamientos de tierras de labor y presuntos fraudes de documentación que luego se presentarían a la PAC y que se han dado en varios puntos del país.

Y tan obcecados han estado los juzgados en determinar a quién le tocaba el empeño de desenmascarar la operación Pacman 1 y Pacman 2 que han pasado más de tres años desde que las primeras diligencias previas en este caso se realizaron.

Fueron redactadas precisamente por este juzgado palentino que, en 2021, dictó un Auto en el que se acuerda la inhibición a favor del Juzgado de Instrucción Decano de Córdoba.

Sin embargo, en marzo de 2022, el Juzgado de Instrucción 2 de Córdoba, que es al que por reparto le llegó la actuación, rechaza la inhibición del Juzgado palentino, al que le devuelve las actuaciones.

Sin embargo, el 4 de Palencia, en mayo vuelve a intentar delegar este caso, ahora en el Juzgado de Instrucción de Posadas, también en la provincia de Córdoba, con el mismo resultado que meses antes: en octubre el Juzgado cordobés rechaza la inhibición.

Con esto, al considerar el Juzgado palentino que no le corresponde a él juzgar el caso, al no ser ninguno de los implicados residente en Palencia y extenderse los presuntos hechos delictivos por varias provincias, recurre en marzo de 2023 al Tribunal Supremo para que dirima quién debe hacerse cargo.

En varias provincias

A la hora de analizar el caso, el Tribunal Supremo recuerda que el procedimiento de origen versa sobre estafas inicialmente perpetradas consistentes en el arriendo de unas fincas de las que no se tenía disponibilidad (por pertenecer a terceros) a cambio de un precio. La fincas se arrendaban por los perjudicados para cumplir con los requisitos exigidos para obtener las ayudas de las PAC de 2017, un hecho delictivo descubierto por el Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, descubriendo una duplicidad en las fincas que habían sido declaradas (radicadas en Córdoba y Badajoz). Posteriormente se vio vinculación con hechos similares en Segovia, al sospechar si mediante el uso de documentos falsos e incluso suplantando la identidad de terceras personas, se habían obtenido fraudulentamente subvenciones o ayudas que nunca llegan a ser empleadas como tales.

En su razonamiento, el TS afirma que debe ser el Juzgado de Palencia el que lleve a cabo la investigación porque “ante la alegada diversidad de territorios en los que se habrían realizado las operaciones fraudulentas” (Andalucía, Castilla y León, o Extremadura “en aplicación del principio de ubicuidad en la resolución de la misma. Se ven implicadas personas físicas y jurídicas que no residen todas en el término de Posadas, a lo que se une el hecho de que parte de la actividad delictiva investigada se ha desarrollado en Palencia, porque es allí donde se firman por engaño documentos para la constitución de la sociedad Cultivos Enguita, así como los contratos fraudulentos que habría de presentar para las solicitudes de ayuda europea PAC”.

Además, abunda el TS en que “el delito se comete en todas las jurisdicciones en que se haya realizado algún elemento del tipo. En consecuencia, el juez de cualquiera de ellas que primero haya iniciado las actuaciones procesales será en principio competente para la instrucción de la causa”. Y es lo que ocurre en este caso, “dado que de que es en Palencia donde se comienzan a investigar los hechos”, lo que sustenta “la competencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Palencia, cuando menos, con los datos hasta ahora facilitados, sin perjuicio de que en el desarrollo de la investigación puedan aparecer nuevos elementos que determinen la competencia de otro Juzgado instructor”.

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