La sentencia del juzgado de lo Social 2 de Palencia recoge que solo por motivos de organización de la empresa, la dirección puede denegar este derecho de las personas trabajadoras
El juzgado de lo Social 2 de Palencia ha dado la razón a Comisiones Obreras frente a Galletas Gullón y reconoce que el derecho de las personas trabajadoras a la reducción y/o adaptación de la jornada laboral por motivos de conciliación de la vida familiar y laborales es hasta que el menor cumpla los 12 años de edad y solo motivos de organización de la empresa puede justificar la negación de este derecho, según indica la formación sindical en un comunicado de prensa.
En la galletera palentina, “las personas solicitantes y que tienen concedido la reducción y/o adaptación de la jornada laboral se ven en la obligación de renovarlo cada seis meses hasta que el menor cumpla los doce años”, contextualiza CCOO. En el caso juzgado, “la empresa anuncia a la persona trabajadora que a fecha de 1 de enero de 2025 finaliza el permiso -a pesar de que el menor no ha cumplido los 12 años-, y por tanto a partir de esa fecha, debía volver al trabajo a turnos, como había estado sucediendo hasta el momento en el que solicita su derecho de conciliación”.
Según CCOO, en la sentencia se “recoge que no se aportan pruebas de causas organizativas ni productivas ni económicas que puedan justificar la decisión de la empresa; a pesar de que era el argumento esgrimido por parte de Galletas Gullón; por tanto, el dictamen recoge que la persona trabajadora puede seguir disfrutando del derecho de conciliación como hasta ahora y hasta que el menor cumpla los doce años”.
Desde Comisiones Obreras se felicitan por la sentencia “que protege el derecho de las personas trabajadoras a la conciliación de la vida familiar y laboral”; al tiempo que desean “que desde la Dirección de la empresa galletera se respete y facilite que la plantilla pueda hacer uso de estas medidas y otras, atendiendo a que no hay motivos de organización que justifiquen la negativa a concederlas”.