03/05/2010 Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) POLITICA MADRID ESPAÑA EUROPA JUSTICIA

El alto tribunal enmienda la sentencia emitida por la Audiencia Provincial palentina y revisa sus hechos probados por un error en la valoración de la prueba testifical

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León absolvió a un hombre que había sido previamente condenado por la Audiencia Provincial de Palencia por un delito de agresión continuada a un menor de 16 años. Debía cumplir dos años y medio de prisión, alejarse de la supuesta víctima durante 14 años e indemnizar al joven con un total de 8.000 euros.

Sin embargo, según recoge la sentencia consultada hoy por Ical, el alto tribunal enmienda la emitida por la Audiencia Provincial el pasado 28 de diciembre de 2023, al considerar, de acuerdo con el recurso, que existe un error en la valoración de la prueba, en este caso la testifical del menor, única practicada en sentido condenatorio contra el entonces acusado.

De hecho, el TSJCyL realiza una modificación de los hechos probados por sentencia anterior con cambios sensibles en el relato de los mismos. Se reconoce la relación de amistad y confianza que había entre el acusado y los padres del menor y su cercanía con ambos. También que era habitual que realizaran excursiones o que, en dos o tres ocasiones, su hermana y el joven durmieran en su casa.

El nuevo relato de los hechos recoge que, una vez en su domicilio y cuando llegaba la hora de dormir, los niños pedían quedarse en la cama existente en el dormitorio del acusado, ya que había televisión, sin que se quedara acreditado que el acusado durmiera con ellos o bajase al salón a dormir en el sofá.

Tampoco quedó acreditado, como sí recogía la primera sentencia, que el domingo 20 de junio de 2021, hacia las 00.10 horas, aprovechando que el acusado estaba dormido y tenía el pantalón del pijama bajado con su pene al aire, el menor le hiciese una fotografía del mismo, ni que las restantes fotografías que constan en autos, en las que aparece un pene, y que s, se correspondan con el pene del acusado. Tampoco se probó que en una ocasión, y ante la posibilidad de que el menor contase lo que había ocurrido, le amenazase con atropellarle a él y a su familia para que no lo hiciera, como sí regía la primera sentencia.

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