Las más demandadas son las destinadas al pago de facturas de luz y gas, alquiler y alimentación
El Ayuntamiento de Palencia volvió a convocar para este año 2022 las Prestaciones Económicas de Urgente Necesidad destinadas a atender, de forma temporal, las necesidades básicas de subsidencia en situaciones de urgencia social de aquellas personas que no pueden hacer frente a gastos específicos, considerados necesarios para prevenir, evitar, o paliar situaciones de exclusión social que no pueden ser sufragados por sus medios, o a través de ayudas de terceros obligados legalmente, ni desde otros recursos.
Gracias a estas prestaciones económicas, que cuentan con financiación de la Junta de Castilla y León, a lo largo del presente año se han podido conceder un total de 251 ayudas beneficiando a 158 familias, siendo las más demandadas las relativas a cubrir gastos de la vivienda como facturas de luz y gas así como las de alquiler y las destinadas a alimentación. También se han concedido ayudas para enseres básicos, gastos farmacéuticos, para hacer frente a la cuota de la hipoteca, así como para cubrir otro tipo de necesidades .
EVOLUCIÓN. En cuanto a la evolución de las ayudas destinadas a hacer frente a las facturas de luz y gas, éstas han experimentado un crecimiento desde el año 2014 cuando suponían un 14% del total de las ayudas mientras que este año suponen un 27,62%.
Por su parte, las ayudas al alquiler han experimentado un descenso ya que en 2014 eran un 65% del total y este año se han reducido hasta el 49,41%.
Tipos de ayuda
ORDINARIAS
• Cuidados personales esenciales, prioritariamente vestido e higiene.
• Alojamiento temporal en casos de urgencia social.
• Alimentación
• Necesidades relacionadas con la salud, no cubiertas por el Sistema de Salud.
• Alquiler de vivienda habitual.
• Necesidades básicas de suministros (electricidad, calefacción, gas…)
• Adquisición de enseres básicos: frigorífico, cocina y lavadora
• Pequeñas reparaciones o acondicionamiento imprescindible de la vivienda para asegurar condiciones mínimas de habitabilidad.
• Alojamiento temporal en casos de urgencia social.
• Alimentación
• Necesidades relacionadas con la salud, no cubiertas por el Sistema de Salud.
• Alquiler de vivienda habitual.
• Necesidades básicas de suministros (electricidad, calefacción, gas…)
• Adquisición de enseres básicos: frigorífico, cocina y lavadora
• Pequeñas reparaciones o acondicionamiento imprescindible de la vivienda para asegurar condiciones mínimas de habitabilidad.
EXTRAORDINARIAS
• Pago de cuota hipotecaria para evitar que una circunstancia temporal genere riesgo de pérdida de la vivienda.
• Gastos ordinarios de novación del préstamo hipotecario o resolución del mismo en casos de dación en pago (tasación, notaría, gestoría y registro).
• Cuotas vencidas cuando dicha deuda imposibilite los acuerdos con la entidad financiera o suponga riesgo inminente de ejecución hipotecaria.
• Levantamiento de embargos de pequeña cuantía.
• Gastos de mudanza y alquiler en casos de desalojo de la vivienda embargada.
• Gastos ordinarios de novación del préstamo hipotecario o resolución del mismo en casos de dación en pago (tasación, notaría, gestoría y registro).
• Cuotas vencidas cuando dicha deuda imposibilite los acuerdos con la entidad financiera o suponga riesgo inminente de ejecución hipotecaria.
• Levantamiento de embargos de pequeña cuantía.
• Gastos de mudanza y alquiler en casos de desalojo de la vivienda embargada.
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