Allende el Río
Imagen de la Dársena del Canal en Palencia. / Óscar Herrero

Aprobada la constitución de la Junta de Compensación de El Rosal que tiene por objeto la gestión urbanística de la actuación integrada en el denominado suelo urbano no consolidado PERI-5

La urbanización de la zona del Canal de Castilla, de la Dársena de la capital palentina ya ha dado sus primeros pasos, al menos administrativos. Con la constitución de la Junta de Compensación denominada El Rosal en la que participan tanto el Ayuntamiento como los propietarios de los terrenos afectados por el proyecto que llevará implícita la  construcción de viviendas así como de una pasarela que salve el ramalillo del Canal de Castilla, entre otras.

Una pasarela, todo sea dicha, de la que ya hablaba, siendo alcalde y no en su último mandato, Heliodoro Gallego cuando era regidor de la ciudad. Y tras él ya han pasado otros tres presidentes de la corporación municipal contando a la actual.

La Junta de Compensación El Rosal tiene por objeto la gestión urbanística de la
actuación integrada en el denominado suelo urbano no consolidado PERI-5 contra el que tantas quejas y procedimientos en contra se promovieron. Hace dos semanas, en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palencia se dio el visto bueno a la constitución de esta Junta, así como los Estatutos de la Junta de Compensación El Rosal.

El procedimiento de constitución se inició hace ya casi un año, a finales de abril y tras la subsanación de la documentación y el plazo de información pública en el que se presentaron dos alegaciones (una sobre la propiedad de una parcela afectada y otra por parte de la CHD advirtiendo de que la construcción de una pasarela tendrá que se autorizada) ahora acaba de ser publicada su constitución. En dicha Junta de Compensación el Ayuntamiento estará representado en el órgano rector de la misma por Álvaro Bilbao, concejal-delegado de Urbanismo, Agenda Urbana, Medio Ambiente, Obras y Movilidad.

¿Para qué sirve una Junta de Compensación?

Una Junta de Compensación es una entidad urbanística colaboradora que tiene personalidad jurídica propia. Está conformada por propietarios que representan, en este  caso, más de la mitad de los terrenos afectados a la transformación urbanística, así como por el Ayuntamiento de Palencia.

La Junta de Compensación se crea como sistema o herramienta organizativa en el que los propietarios del suelo objeto de ejecución urbanística ejercen las funciones públicas correspondientes para llevar a cabo la ejecución del planeamiento urbanístico. Es decir, la Junta de Compensación, desde su constitución e inscripción en el registro correspondiente, se constituye como la responsable ante la Administración, de la ejecución del ámbito de actuación urbanística, encargándose de la distribución equitativa de los beneficios y cargas.

Ramalillo del Canal de Castilla hacia la Dársena de Palencia y terrenos afectados por el PERI5. / Óscar Herrero

Igualmente, establece los criterios de valoración de las fincas aportadas y las parcelas resultantes para el reparto de los beneficios, regular el procedimiento para determinar las cuotas de urbanización que tengan que pagar los nuevos propietarios que se incorporen a la Junta de Compensación para soportar los gastos de la urbanización y ejecutar las obras de urbanización y recaudar las cuotas de urbanización para sufragar dichas obras. Estas cuotas pueden ser recaudadas por vía ejecutiva con la tutela del Ayuntamiento.

Ahora, una vez publicado el acuerdo del Ayuntamiento en el Boletín Oficial de Castilla y León, la Junta de Compensación debe ser constituida en el plazo de un mes para comenzar con sus atribuciones y obligaciones.

En cuanto a su funcionamiento económico, se atendrá a las aportaciones de los miembros que serán de dos clases: Por un lado, las ordinarias o de gestión, destinadas a sufragar los gastos generales de la Junta de Compensación, conforme al presupuesto anual aprobado por la Asamblea. Por el otro, las extraordinarias, con destino al pago de justiprecios e indemnizaciones de fincas pertenecientes a propietarios no incorporados, así como los gastos de urbanización en sí.

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