Los cotos autorizados para la pesca deportiva y las aguas trucheras de Castilla y León se han visto modificados recientemente, conforme a los últimos estudios de las poblaciones acuáticas
Entre marzo y abril se inicia el periodo autorizado para la pesca en los diversos cotos de la Comunidad.
El Boletín Oficial de Castilla y León publicó el pasado 31 de marzo dos órdenes que modifican la normativa vigente respecto a la práctica de la pesca. La primera afecta a la declaración de los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad y aprueba los correspondientes planes de pesca. Por medio de la segunda, se declaran las aguas trucheras de Castilla y León.
Los últimos estudios de las poblaciones acuáticas obtenidos a través de la Red de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas de Castilla y León y de los hábitos del colectivo pescador y de otros factores sociales han aconsejado actualizar el contenido de algunos planes de pesca, realizando correcciones o modificaciones puntuales y, en otros, declarando masas de agua pescables bajo algunas de las figuras previstas en la Ley de Pesca de Castilla y León de 2013.
La finalidad de las modificaciones es asegurar un aprovechamiento compatible con la conservación de las poblaciones en las masas de aguas pescables, o bien declarando refugios de pesca en aquellas masas de agua donde la pesca debe estar prohibida con carácter permanente.
La Ley de Pesca de Castilla y León
Respecto a la declaración de las aguas trucheras de la Comunidad, la Ley de Pesca de Castilla y León dispone la clasificación de las masas de agua en función de sus especies predominantes, de modo que tendrán la consideración de aguas trucheras, a los efectos de lo previsto tanto en ella como en las disposiciones que la desarrollen, las que así sean declaradas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por ser la trucha común la especie pescable de mayor interés, o por su elevada potencialidad para albergar a dicha especie.
Sin embargo, “resulta preciso actualizar la última Orden MAV/1842/2022, de 15 de diciembre de 2022, al haberse advertido que en determinadas masas de agua la presencia de la trucha común no es significativa y, en otros casos, la precisión de los límites trucheros del tramo fluvial no permite una fácil identificación sobre el terreno”, destacan desde la Consejería de Medio Ambiente.
Es el caso, en el primer supuesto, de las masas de agua correspondientes con el embalse de Linares del Arroyo (Segovia), el embalse de Campañana (León) y el Lago de Carucedo (León), donde se ha valorado y evidenciado la escasa potencialidad para albergar la trucha común y su nula o testimonial presencia. En el segundo supuesto comprendería la necesaria concreción sobre el terreno de la delimitación del límite inferior truchero en la subcuenca del Pisuerga a su paso por el término municipal de Astudillo (Palencia).
Cotos de pesca en Palencia
Así, el mapa de cotos de pesca de la provincia de Palencia quedaría conformado de la siguiente manera (es importante consultar las restricciones propias de cada coto y los días autorizados para la pesca sin muerte y con muerte en cada uno de ellos, a través de este enlace).
- Cardaño – Velilla del Río Carrión. Entre la desembocadura del arroyo de Vallejo y el puente sobre el río en la ctra. P-210 de Velilla del Río Carrión a Cervera de Pisuerga (puente Agudín). 7,12 km.
- Vidrieros. Cervera de Pisuerga. Entre las ruinas del puente Teblo y el refugio de pescadores en el término de Vidrieros. 4,18 km.
- Velilla del Río Carrión. Entre la presa del embalse de Compuerto y la salida de agua de la piscifactoría de Velilla del Río Carrión. 4,18 km.
- La Serna – Nogal de las Huertas. Entre el puente sobre el río en La Serna y el casco urbano de Villanueva de los Nabos. 7,4 km.
- Ventanilla – Cervera de Pisuerga. Entre el puente sobre el río en San Martín de los Herreros y el puente sobre el río en Ventanilla. 3,63 km.
- Quintanaluengos – Cervera de Pisuerga. Frente al casco urbano de Ligüérzana hasta la pasarela de la estación de aforo de Salinas de Pisuerga. 6,66 km.
- Arauz – Cervera de Pisuerga. Entre la desembocadura del arroyo Cortés en el arroyo Arauz y la desembocadura del arroyo Arauz en el río Carrión. 4,71 km.
- Pineda – Cervera de Pisuerga. Entre la confluencia del río Carrión y el Barranco del Hospital y las ruinas del puente Teblo. 7,95 km.
- Saldaña – Pedrosa de La Vega. Entre el puente sobre el río en Saldaña y el límite de los términos de Gañinas y Moslares de La Vega.
- Carrión de los Condes. Entre el casco urbano de Villanueva de los Nabos y el puente sobre el río en Carrión de los Condes. 7,24 km.