La Diputación de Palencia concede 57 ayudas de natalidad en el medio rural por importe total de 30.550 euros, complementarias a las de los municipios en la cuarta resolución de la convocatoria
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Palencia ha publicado recientemente la cuarta resolución de la convocatoria anual de subvenciones para el fomento de la natalidad correspondientes a 2022, que ha beneficiado a 57 progenitores o adoptantes residentes en municipios palentinos del medio rural.
El importe total de las ayudas concedidas es de 30.550 euros, pero esta convocatoria cuenta con una dotación para el presente ejercicio de 160.00 euros, ampliables con 30.000 más. Queda una quinta convocatoria, que se resolverá antes de que acabe el año.
Estas ayudas se articulan como complemento de las subvenciones que por este mismo motivo conceden los ayuntamientos.
La cuantía de cada ayuda concedida por la Diputación es del mismo importe que la aportación del municipio, hasta un máximo de 600 euros por nacimiento o adopción. No obstante, la Institución provincial incrementa la ayuda en el 25% si se trata del segundo hijo, y en el 50% cuando se trate del tercer hijo o sucesivos.
312 beneficiarios en 2021
A lo largo de 2021, la Diputación de Palencia aprobó hasta cinco lotes de resolución de subvenciones a la natalidad, de las que resultaron beneficiarios 312 progenitores, adoptantes o familias del medio rural, entre las que distribuyó la administración provincial cerca de ciento sesenta y cuatro mil euros.
Las solicitudes para obtener estas ayudas económicas se presentarán, junto con la documentación, en el Registro General de la Diputación, en los registros auxiliares habilitados en los Centros de Acción Social, o en cualquiera de los mecanismos establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (2015).
Los interesados deben aportar, junto al modelo disponible en la web institucional (www.diputaciondepalencia.es/servicios/subvenciones-ayudas), fotocopia del DNI de los solicitantes, original o fotocopia del acuerdo o resolución del ayuntamiento con la concesión de la ayuda económica por nacimiento o adopción (con indicación de la cantidad subvencionada), fotocopia del Certificado del Registro Civil que acredita el nacimiento y el número de hijos —o del Libro de Familia en su caso—, y cuenta bancaria donde se haga constar los datos de la cuenta según el anexo (o fotocopia de la libreta del solicitante donde conste el número IBAN). La mera acreditación de los requisitos fijados en esta convocatoria dará derecho a la ayuda.