Tiene por finalidad el estudio de la problemática de los vertidos de aguas residuales dentro de este espacio natural y la propuesta de la solución más adecuada atendiendo a criterios de minimizar el impacto ambiental en la zona y garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones.
Este convenio específico se inscribe en el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria y Energía y la Junta de Castilla y León, para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón. En este convenio específico, el Instituto para la Transición Justa aportará 2.073.520 euros, y la Consejería, 2.389.228 euros. La contratación de las actuaciones corresponderá a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.
Será objeto de cofinanciación únicamente en lo que afecta a los municipios de Cervera de Pisuerga, La Pernía y Velilla del Río Carrión. Las actuaciones correspondientes a los restantes municipios, Brañosera, Polentinos, San Cebrián de Mudá y Triollo, serán financiadas íntegramente por la Comunidad Autónoma de CyL.
El proyecto ‘Depuración en Espacio Natural en la Montaña Palentina’, tiene por finalidad el estudio de la problemática de los vertidos de aguas residuales dentro del Espacio Natural y la propuesta de la solución más adecuada, en cada una de las 53 actuaciones que comprende el proyecto, atendiendo a criterios de minimizar el impacto ambiental en la zona, y de garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones mediante sistemas simples, seguros y de bajo coste de explotación.
Los tipos de plantas proyectados permiten, mediante sistemas sencillos y económicos de mantenimiento y explotación, realizar el tratamiento adecuado de las aguas residuales, conforme a lo establecido en la Directiva 91/271/CEE, del Consejo de 21 de mayo de 1991, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas.
3 SOLUCIONES TIPO: Se han previsto 3 soluciones tipo: un tratamiento primario consistente en un Tanque Imhoff para los núcleos con menos de 300 habitantes equivalentes; un tratamiento primario complementado con un tratamiento biológico adicional extensivo consistente en un humedal artificial, para los núcleos con población equivalente comprendida entre 300 y 600; y un tratamiento primario complementado con un tratamiento biológico intensivo de lechos bacterianos y decantador secundario, para el caso de núcleos con población equivalente mayor de 600 o con condiciones orográficas que no permitan otra solución extensiva.