El Ayuntamiento paredeño había presentado un recurso de casación contra una sentencia del TSJCyL que impedía la ubicación de parques de energías renovables en bienes comunales
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite, esto es, se ha abierto a analizar, el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Paredes de Nava contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (su Sala de lo Contencioso Administrativo) que impedía, como pretende el Consistorio palentino, el desarrollo de parques de generación de energías renovables en bienes comunales del municipio.
Para el Ayuntamiento esta admisión, puesto que sólo un 5% de los recursos de casación presentados son luego admitidos a trámites, abre la esperanza a poder llevar a cabo estos desarrollos, si bien cabe señalar que tras su análisis el Tribunal Supremo puede decidir desestimar las pretensiones del Ayuntamiento de Paredes.
El propio Ayuntamiento de Paredes recuerda en una nota de prensa que en su día “la Asociación de Agricultores y Ganaderos (Junta Agraria Local) de Paredes de Nava interpuso recurso contencioso-administrativo frente a orden de la Consejería de Presidencia de
Castilla y León y acuerdo del Ayuntamiento de Paredes de Nava que autorizan y aprueban,
respectivamente, el acotamiento del bien comunal “Finca El Páramo”.
La sentencia de 5 de mayo de 2022 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, estimó el recurso, considerando que no es posible acotar, parte de los bienes comunales para su uso industrial y posterior adjudicación a un tercero mediante precio, anulando la orden de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, el acuerdo municipal y declarando la nulidad de la modificación de la ordenanza que regula el aprovechamiento del bien comunal “Finca El Páramo”.
Pero el Ayuntamiento, en solitario y ante la posibilidad de que se dejaran de ingresar cuantías “superiores a los 21 millones de euros (590.200 euros /año) en concepto de alquiler de terrenos rústicos de secano durante 40 años, a lo que se añadiría una cuantía aún superior en impuestos locales”, decidió interponer este recurso, presentado por el letrado José Ignacio Antolín Esguevillas basándose en que en otras comunidades de España, como ocurre en Extremadura, sí se permite hacer lo propuesto por el Ayuntamiento de Paredes.
El alcalde de la localidad, Luis Calderón, cree “honestamente que a Castilla y León le conviene un pronunciamiento sobre el fondo del Alto Tribunal pues otros Tribunales Superiores (como el de Extremadura) han validado jurídicamente proyectos como el nuestro”, explica en una nota de prensa distribuida esta tarde.
“No parece justo ni equitativo que algunos lugares de España puedan destinar parte de sus más infértiles terrenos comunales para el desarrollo de energías renovables, mientras que Castilla y León no vaya a poder hacerlo. En Paredes estos proyectos no ocupan más del 5% de la superficie cultivable, son los terrenos menos productivos, de secano y donde no existen afecciones medioambientales destacables”.