Control de la Guardia Civil.

La nueva Ley de Tráfico endurece las multas y la detracción de puntos por el uso del móvil o no llevar el cinturón

A partir del hoy lunes 21 de marzo un conductor palentino podrá quedarse sin puntos en el carné de conducir en una sola maniobra. No es que hasta ahora no fuera posible, pero ahora será más fácil debido al incremento de las detracciones de puntos en determinadas actuaciones al volante.

Vamos con un ejemplo práctico para explicar algunas de las novedades de la Reforma que ha entrado en vigor. Va circulando por la CL-615 entre Saldaña y Guardo sin el cinturón de seguridad puesto (porque aunque usted es de los que siempre lo lleva puesto, esta vez se le ha olvidado). Y en un momento dado coge el móvil (sin llegar a abrirlo o mirarlo), al tiempo que inicia un adelantamiento a 105 km/h mientras por el carril contrario pasa un ciclista y no puede dejar el 1,5 metros de separación. Si le ve un agente de la Guardia Civil, se ha quedado sin carné, porque ha perdido 16 puntos y como mucho, tenemos 15.

Si eso mismo le ocurría hasta el domingo, y tenía los 15 puntos, aún podría conservar ocho. ¿Por qué? Por partes.

Las diferencias

La diferencia más importante entre el domingo y el lunes es que el uso y la manipulación de dispositivos móviles mientras se conduce pasa de tener una detracción de 3 puntos a ser de 6. Pero es que ya no hace falta que se haga uso de ellos. Solo será preciso que se sujete con la mano. Por tanto, lo que antes eran cero puntos el ahora serán 6. Si le pillaran hablando por teléfono la diferencia sería de tres puntos: de 3 a 6. En todo caso, ahora ya le habrán restado seis puntos.

“Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales”, justifica la DGT.

Por el cinturón.

Usted que siempre lleva el cinturón, ha salido rápido de Saldaña y no se ha dado cuenta de no se lo ha puesto. Eso que antes suponían 3 puntos, el ahora serán 4. La resta suma 10 puntos ya. Tal y como explica la DGT, “aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad”.

Además en esas largas rectas entre los pinares del páramo entre Valcabadillo y Villalba se encuentra con un vehículo que va a 88 km y usted lleva puesto el control de velocidad a 90 que es el límite establecido para esa vía. Pero para no eternizarse en el adelantamiento, le pega un aceleroncillo al coche hasta los 105. Lo que antes es legal (se puede incrementar la velocidad hasta en 20 km/h para efectuar adelantamientos), ya es multable. No le quitarán puntos, será en lo único en lo que en esta maniobra no lo hagan, pero 100 euros no se los quita nadie. Bueno, el pronto pago: 50.

Para la DGT, lo deseable es evitar maniobras peligrosas como son los adelantamientos por eso “se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. 2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos”.

Ojo, ciclista

Lo que sí le dejará temblando el crédito de puntos será quizá la circunstancia que más compromete la seguridad de otros usuarios de la vía: el poner en riesgo la integridad de otros como son los ciclistas. No dejar la separación de 1,5 metros se castigaba con cuatro puntos. Ahora caerán dos más: 6. “Se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas”.

16 puntos le han volado ya.

Recuperar puntos

Y a usted, que se ha quedado sin puntos en el carné ¿cómo puede recuperar los puntos?

No podrá conducir por un período de 6 meses o 3 meses en el caso de conductores profesionales. Transcurrido este periodo, podrá obtener un nuevo permiso, debiendo superar un curso de sensibilización y reeducación vial -de 24 horas de duración-, así como la prueba teórica establecida reglamentariamente. recuperará el carné, pero con solo ocho puntos.

En cambio, si por ejemplo, sí llevaba el cinturón puesto, le habrán quedado tres puntos y aún podrá conducir y confiar en la regeneración automática de los puntos. Hasta ahora, tendrían que discurrir en su caso tres años. Como había cometido infracciones muy graves que detraen 6 puntos, ese es el tiempo que debía pasar para recuperar el saldo inicial de puntos, que es de 12. Ahora solo necesitará esperar (siendo buen conductor) dos años. Entonces recuperará su saldo inicial de 12 puntos.

Menos tiempo para recuperar

“Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación”.

Si aún quedándole tres decide que no quiere arriesgarse a estar dos años sin que le quiten otro punto, puede optar por hacer un curso de sensibilización y reeducación vial para recuperar hasta un máximo de 6 puntos, nunca superando su saldo inicial de puntos.

Pero ahora también se abre la posibilidad a cursos de conducción segura y eficiente. “Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir. Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores”.

Otras novedades.

Estas no son las únicas novedades que trae la nueva ley de Seguridad Vial. Relacionada con los ciclistas, a partir del ahora será necesario, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Esto es, por ejemplo, en la avenida de Valladolid de la capital, si usted se encuentra con un ciclista por el carril derecho, tendrá que pasarse por completo al izquierdo.

También hay novedades en lo que se refiera al alcohol y se implanta por primera vez en España la tasa 0,0. Será para los menores de edad. Y usted se preguntará, ¿si los menores de edad no pueden conducir?. Los vehículos habituales, como turismos o motos, no, pero la llegada de algunos modos de transporte unipersonal ha hecho cambiar algunos conceptos.

Control de alcoholemia.

Así, los menores que circulen en bicicleta, en ciclomotor o en patinete eléctrico, tendrán que dar una tasa de 0,0. En el caso de que el etilómetro arroje otro resultado, tendrán una multa de carácter muy grave, con una multa de 500 euros. En cuanto a las drogas, que tampoco estaban permitidas a mayores, se extiende esta prohibición.

Nada a la carretera.

¿Se acuerda de aquellas señales que en las carreteras advertían del peligro de incendio y que no lanzara colillas por la ventanilla? Aunque solo las haya ya ajadas por el tiempo en las cunetas en montes como los del páramo de la CL-615, su espíritu sigue vivo y con mayor fuerza, porque lanzar a la calzada un elemento que pueda generar un incendio ha pasado de ser penada con 4 puntos a hacerlo con 6 desde ya.

“Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros”, apunta la DGT.

Sí que habrá una concesión a lo que llevan años pidiendo los conductores de motos: Ya se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Aire bueno y aire son alcohol

Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones. “La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023. Aunque en otras ciudades ya están vigentes, en Palencia hay el compromiso de ponerla en marcha en esa fecha y afectará a buena parte del centro de la ciudad.

También con la vista puesta en el futuro será obligatorio el uso del Alcoholímetro antiarranque (alcoholock) en los autobuses. Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos. La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir de esa fecha y todos los matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.

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