Recaudación de Impuestos Diputación de Palencia

La Diputación de Palencia amplía en 2022 al impuesto de vehículos la opción de fraccionar el pago tras la buena acogida del primer ejercicio con el IAE y el IBI

La Comisión Informativa de Hacienda, Cuentas y Presidencia de la Diputación de Palencia ha dado hoy el visto bueno a las modificaciones para el año 2022 del régimen especial de fraccionamiento en el abono de varios tributos que gestiona la administración provincial, un mecanismo conocido como Plan Personalizado de Pago (PPP) que puso en marcha en el ejercicio actual.

A la vista de la experiencia de este año —en el que el PPP ha funcionado, circunscrito al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de rústica y urbana, y al Impuesto de Actividades Económicas (IAE)—, la Diputación de Palencia ha decidido ampliar el catálogo de tributos donde se habilita el PPP.

Según la instrucción de la diputada delegada del área de Hacienda, María José de la Fuente, que hoy se ha dictaminado en comisión, el principal cambio obedece a la incorporación al PPP del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y del Impuesto de Bienes Inmuebles de Características Especiales (BICES).

Los BICES son un complejo de bienes de uso especializado, integrado por suelo, edificios, instalaciones y obras de urbanización que, por su carácter unitario y por su vínculo global para su funcionamiento, se configura a efectos catastrales como un único bien inmueble. La ley considera como tales los destinados a la producción de energía eléctrica y gas y al refino de petróleo, las centrales nucleares, las presas, los saltos de agua y embalses, las autopistas, las carreteras y los túneles de peaje y los aeropuertos y puertos comerciales.

Como ya se puede hacer desde este 2021 para el IAE, así como para el IBI de rústica y urbana —cuya gestión ha delegado en la Diputación la mayoría de los ayuntamientos de la provincia—, el Plan Personalizado de Pago permite al contribuyente configurar el abono de los tributos con dos opciones, siempre mediante domiciliación bancaria: una primera de hasta nueve mensualidades de febrero a octubre; y una segunda, en pagos bimestrales, con hasta cinco recibos, que se giran al cobro los días 5 de los meses de febrero, abril, junio, agosto y octubre.

De este modo, particulares y empresas pueden acogerse a un sistema para diferir y organizar a conveniencia el abono tributario y sin coste financiero alguno, ya que no devenga interés, mecanismo que la Diputación de Palencia ha implantado desde este 2021 para ayudar en la gestión de la liquidez de los palentinos.

La cuota periódica que se ingresa viene determinada por el importe del tributo recogido en el padrón, o la liquidación del año anterior, dividido entre el número de recibos elegido por el interesado. Una vez determinada la deuda del ejercicio corriente en el correspondiente padrón se procede a regularizar, en su caso, la diferencia resultante si existiese entre las fracciones pendientes de vencimiento.

HASTA EL 31 DE DICIEMBRE

Para acogerse al PPP, la solicitud debe efectuarse antes del 31 de diciembre del ejercicio para que surta efecto en el año siguiente, indicando en ella la modalidad de fraccionamiento elegida, el número de cuenta bancaria, los tributos y las deudas para las que se solicita. El PPP está abierta a cualquier persona física o jurídica, salvo si mantiene deudas pendientes de pago ya en periodo ejecutivo de cobro.

Las solicitudes presentadas a partir del 31 de diciembre pasan a formar parte del PPP del ejercicio siguiente, salvo que el interesado renuncie o desista de modo expreso. El importe de la fracción mensual no podrá ser inferior a veinte euros, umbral que se establece en el doble —cuarenta euros— para los pagos bimestrales. Previa verificación del cumplimiento de los requisitos, la solicitud se concederá de modo automático, sin necesidad de notificación al interesado.

También se entiende renovado automáticamente para el ejercicio siguiente, en las mismas condiciones, salvo que exista petición expresa del contribuyente o que se produzca el impago de alguno de los recibos previstos.

Las personas que se acojan al PPP podrán cancelarlo en cualquier momento, efectuándose la liquidación pertinente. En caso de producirse algún exceso de ingresos en las cantidades satisfechas y el importe de las obligaciones liquidadas, la Diputación procederá a la devolución correspondiente, conforme prevé la Ley General Tributaria (2003).

JUSTIFICANTES DE PAGO

Los interesados en acogerse al PPP pueden acudir al Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación, así como proceder a su tramitación a través de la sede electrónica y la oficina virtual tributaria de la institución. Concluidos los periodos de pago del plan personalizado y satisfecha la totalidad de la deuda liquidada, los acogidos al plan podrán solicitar los correspondientes justificante de cobro de cada obligación, que remitirá la Diputación a la dirección de correo electrónico que se indique en la solicitud. Los justificantes también podrán descargarse en la página web de la institución si se dispone de certificado digital.

Al margen de este plan personalizado de pago, debido a la crisis sanitaria y económica sufrida por la pandemia, la Diputación de Palencia ya aplicó en 2020 medidas de flexibilización en el cobro de impuestos y tasas como apoyo a las personas, las empresas y los ayuntamientos del medio rural.

La institución adoptó un conjunto de medidas para aportar liquidez y mejorar la adaptación de los pagos durante el estado de alarma y en la vuelta a la normalidad de empresas y familias de la provincia.

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