Elevado a definitivo, el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación relativo a la Ordenanza Municipal que regula el funcionamiento del Punto Limpio de Cisneros

En la ordenanza se fija una tasa de 10 euros anuales por la prestación del servicios para todos los vecinos que estén inscritos en el Registro municipal de IBI Rústico o urbano y /o arrendatarios de bienes inmuebles.

De hecho se especifica que en todas las entregas será necesaria la presentación de un documento, dónde se evidencie que está inscrito en el Censo del IBI ya sea urbano o rústico y/o arrendatario de bien inmueble, al personal del Ayuntamiento de Cisneros, que seguidamente lo anotará en un documento de control interno.

Para ser usuario de tal servicio hay que tener alguna titularidad en el municipio de Cisneros. Antes de que los contenedores se hallen llenos de residuos, el personal del Ayuntamiento dará aviso a los gestores o transportistas designados para la retirada y el traslado de los residuos a las diferentes instalaciones de reciclaje o centros de eliminación.

Las instalaciones del Punto Limpio deben permanecer en buenas condiciones de higiene y salubridad pública. Para ello, el personal del Ayuntamiento controlará que el depósito de residuos se realice de forma correcta, evitando la caída de residuos fuera de los contenedores y retirando cualquier material que dificulte el tránsito de los vehículos y el depósito de los residuos.

En el punto limpio de Cisneros se admiten los siguientes residuos:
– Vidrio que no tiene cabida en el contenedor verde.
– Papel y cartón industrial.
– Metales.
– Plásticos que no tienen cabida en el contenedor amarillo.
– Residuos voluminosos: Muebles, electrodomésticos, cuatro colchones al año, cuatro somieres al año, marcos y puertas, cajas ….
– Mobiliario procedente de dependencias municipales, el cuál será desmontado y separado en distintos materiales por el adjudicatario para su correcta gestión.
– Residuos procedentes de la recogida domiciliaria realizada por el servicio municipal de
recogida de residuos y limpieza viaria.
– Escombros o cualquier otro material inerte.
– Ropa usada.
– Aceite usado de cárter.
– Filtros automóvil.
– Baterías de automóvil, cómo máximo una unidad por automóvil.
– Sprays.
– Radiografías.
– Tubos fluorescentes: Con un máximo de diez.
– Pinturas y disolvente.
– Sanitarios de baño.

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