Ayudas a la natalidad convocadas en Grijota

Subvenciones de pago único para el fomento de la natalidad durante el ejercicio 2021 en Grijota

Serán beneficiarios de esta ayuda convocada en Grijota los progenitores o adoptantes de niños o niñas, titulares del libro de familiar en el que figure registrado su nacimiento o adopción.

En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la
prestación será el padre/madre o cuya custodia hay de quedar los hijos, de acuerdo con lo
establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, y en el caso de custodia compartida, se distribuirá al 50% entre los progenitores.

Se especifica que no podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.

Los extranjeros que cumplan los requisitos de las presentes bases podrán ser beneficiarios
siempre que cumplan las condiciones de residencia legal en España.

En las bases aprobadas en Grijota se detalla que a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos se le concederá una ayuda de 600 euros. La cuantía se incrementará en un 25 por ciento más, cuando se trate del segundo hijo, o un cincuenta por ciento más cuando se trate del tercer hijo o sucesivos.

Las solicitudes de ayudas se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por
cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el modelo
normalizado a disposición de los interesados en la sede electrónica y en el Registro general
del Ayuntamiento.

El plazo de presentación de la solicitud será de dos meses a contar desde el día siguiente al
nacimiento del niño/a o en el caso de adopción, a partir del día siguiente a la inscripción en el libro de familia.

-Publicidad-

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingresa tu comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí