El sindicato asegura que se crea un agravio comparativo y lamenta que ha sido una decisión adoptada sin justificación alguna, por lo que reclama fórmulas que corrijan esta situación
Comisiones Obreras Palencia valora de manera muy negativa la modificación del criterio y del procedimiento que se determinó de devolución del IRPF a los mutualistas y que puso en marcha en enero de 2024, tras múltiples reuniones y conversaciones mantenidas con el Ministerio de Hacienda, la Agencia Tributaria y el Ministerio de Seguridad Social durante el año 2023.
Según un comunicado, la Agencia Tributaria reconoció a comienzos de 2024, a partir de diferentes sentencias judiciales, el derecho de los pensionistas a minorar un porcentaje de su base imponible de IRPF, a partir de las cotizaciones realizadas a las antiguas mutualidades entre los años 1967 y 1978 (un 25% de la parte de pensión correspondiente) y las anteriores a 1967 (100%).
Además de tener en cuenta esta situación para las declaraciones anuales de 2023 y posteriores, para facilitar la posible devolución a los pensionistas afectados de los ejercicios anteriores no prescritos, la Agencia Tributaria facilitó en el mes de marzo de 2024, en su página web, un formulario donde solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF de los ejercicios 2019-2022. En dicho formulario se autorizaba a la Agencia Tributaria la realización de la rectificación de dichos ejercicios determinando el porcentaje de minoración y con ello el importe a devolver.
Al amparo de ese procedimiento establecido por la propia administración tributaria, cientos de miles de personas en esta situación, han presentado en el plazo correspondiente las reclamaciones sobre esos años 2019 a 2022. Una parte de esas personas ha visto reconocida su reclamación y han recibido las cantidades por las que, a la vista del criterio jurisprudencial y la aplicación del mismo por parte de la Administración Tributaria, no debían haber tributado en esos años. Otra parte han visto reconocido el derecho a esa devolución y están pendientes de recibirla. Finalmente, una parte relevante de las personas que ha reclamado, aún aguarda respuesta de la Agencia Tributaria, si bien con la perspectiva clara de estimación y cobro.
Sin embargo, la Disposición final décimo sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre deja sin efecto las solicitudes de devolución que no hubieran sido resueltas antes del 22 de diciembre de 2024, inhabilitando también el formulario preestablecido (eliminándolo de la Web), y como consecuencia de ello elimina la posibilidad de reclamar y poder recibir las devoluciones de los 4 ejercicios en un solo pago.
Se establece un nuevo procedimiento, con interrupción del cómputo del plazo de prescripción, para que las personas afectadas, puedan volver a presentar su reclamación, por segunda vez, pero ahora año a año, entre 2025 y 2028, limitando cada reclamación a un año entre 2019 y 2022, para reclamar de nuevo, lo tributado en exceso en cada ejercicio.
La secretaria general de la Federación de Jubilados y Pensionistas de CCOO Palencia, Charo Zan, asegura no entender “el cambio de criterio” que implica esta decisión que no ha contado con participación o consulta alguna y no ha sido justificada por parte de la Agencia Tributaria ni del Gobierno Central.
Igualmente, critica que la aprobación de esta disposición crea un “agravio comparativo” y genera desigualdad, dando lugar a “unos pensionistas de primera y otros de segunda”. Por ello, desde CCOO se reclama al Ministerio de Hacienda que busque fórmulas que permitan corregir esta situación en el menor plazo posible, para evitar las consecuencias lesivas que pueden derivarse de este cambio en el procedimiento, así como la injustificada diferencia de trato entre personas que comparten una misma situación.