Plaza del Ayuntamiento de Villada
Plaza del Ayuntamiento de Villada.

El municipio tramita la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de
Bienes Inmuebles

El Ayuntamiento de Villada mantiene en período de alegaciones la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) después de que el último pleno municipal aprobara la misma de forma provisional.

Una modificación que va en la línea de facilitar el asentamiento de nuevas familias, hacer más atractivo el municipio y bonificar a las familias numerosas que ya viven en el mismo. De esta forma, la modificación más importante son las exenciones que se prevé articular para las familias numerosas, que pueden llegar al 90% el importe de la llamada Contribución.

El texto, que puede consultarse en el Ayuntamiento de Villada, señala que “los obligados tributarios, que ostenten la condición de titulares de familia numerosa general, disfrutarán de una bonificación del 60 %”. Del 90 %, será cuando constituyan familia numerosa especial (a partir de cinco hijos, aunque como en la general hay núcleos familiares asimilables a esa categoría”. La bonificación será “en la cuota íntegra del Impuesto”, indica el texto modificado.

En todo caso, deben darse dos circunstancias: Por un lado,  “que el bien inmueble constituya el domicilio habitual de la familia, debiendo estar empadronados en la misma a la fecha del devengo más de la mitad de los miembros que figuren en el Título Oficial expedido por el Organismo competente”.

Por otro que “acrediten los requisitos indicados, por cualquier medio admitido en derecho y, en particular, mediante la presentación de los documentos”.

Acreditado el cumplimiento de los requisitos indicados, el Ayuntamiento de Villada reconocerá la bonificación del 60 % ó 90%, dependiendo la categoría de la familia numerosa, en la cuota del IBI que corresponda “a la vivienda habitual y al trastero y el garaje/cochera de mayor valor catastral, en cada caso, si los hubiere”.

En principio, la bonificación está planteada de año en año, aunque será prorrogada de oficio por el propio Ayuntamiento de Villada mientras los beneficiarios sigan cumpliendo las condiciones establecidas.

El plazo para presentar alegaciones se inicia mañana jueves 26 de septiembre y finalizará 30 días después. De no presentarse alegación alguna, será aprobada definitivamente esta bonificación de cara ya al año 2025.

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