Acusan a la Asociación Salvemos la Dársena de “intoxicar informativamente”
El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Palencia ha salido al paso de las acusaciones de la asociación Salvamos la Dársena sobre la supuesta ocultación de un informe. Y lo ha hecho, como en el caso de Salvemos la Dársena con un comunicado de prensa que reproducimos aquí:
El Plan General de Ordenación Urbana de Palencia de 2008 declaró aptos para ser urbanizados los terrenos a los que se refiere el PERI5 en la categoría de suelo no programado o sin desarrollar. A los propietarios de estos terrenos la Ley les reconoce el derecho a promover su urbanización, presentando al Ayuntamiento un instrumento de planeamiento que establezca su ordenación detallada. Todo esto para obtener el derecho a urbanizar sus parcelas alcanzando así la condición de solar y a edificar su parcela, fin último de todo este proceso.
El 6 de febrero de 2020 Mariano Herrero Moro en representación de INBROSER S.L. presentó en el Ayuntamiento de Palencia el documento de Plan Especial de Reforma Interior Peri-5.
La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 14 de mayo de 2020 adoptó el acuerdo de aprobación inicial del PERI 5 en el municipio de Palencia (PSOE: NO; PP: SI; CIUDADANOS: SI; VOX: SI; GANEMOS: NO).
Con fecha 18 de mayo de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de 2023, en relación con el asunto de referencia, acordó dejar el asunto sobre la mesa.
El Pleno del Ayuntamiento celebrado el día 21 de septiembre de 2023 aprobó definitivamente el plan especial de reforma interior PERI 5 mediante votación nominal resultando 21 votos a favor (PSOE, PP, VAMOS PALENCIA), 3 abstenciones (VOX) y 1 voto en contra (IU/PODEMOS).
Constan en el expediente informe técnico para la aprobación definitiva de 15 de marzo de 2023 de la Adjunto a Jefe de Servicio P.G.O.U. que informa favorablemente el documento presentado, considerando que procede seguir con su tramitación y aprobación definitiva, informe jurídico favorable emitido por la Técnico de Administración General del Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística de fecha 29 de marzo de 2023, y nota de conformidad de la Secretaria General de fecha 10 de abril de 2023.
Cada concejal y concejala votó nominalmente lo que tuvo por conveniente.
El Plan Especial de Reforma Interior del PERI 5 se ha tramitado siguiendo las disposiciones previstas en el procedimiento regulado en la Ley y Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Concretamente se solicitaron con carácter previo todos los informes previstos en el artículo 153 del Reglamento.
Y todo este conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirvieron para que las concejalas y concejales aprobaran definitivamente el PERI5 es lo que la Ley define como expediente administrativo.
Y no forma parte de este expediente administrativo el informe de la Secretaria General de 18 de septiembre de 2023. Este informe no preceptivo fue solicitado por la Alcaldesa de Palencia el 6 de septiembre sobre la posibilidad de denegación de aprobación definitiva del PERI y si dicha denegación pudiera dar lugar a un derecho de indemnización a favor del promotor del Plan. Lo hizo así porque entre la función pública de secretaría está la emisión de informes en aquellos supuestos en que así lo ordene el Presidente de la Corporación o cuando lo solicite un tercio de miembros de la misma.
La Alcaldesa informó sobre el contenido de este informe a los portavoces de los grupos municipales con anterioridad al pleno de septiembre de 2023. El único concejal que hizo referencia a este informe en el Pleno fue D. Rodrigo San Martín Franco que afirmó que “Yo, como Portavoz, he recibido la información, pero no entiendo que se haya decidido no hacer público y adjuntar al expediente este informe como se prometió”.
Es por tanto gratuita la afirmación de la Asociación Salvemos La Dársena de ocultación por el equipo de gobierno de este informe a los grupos municipales.
Es descabellada la afirmación de esta asociación indicando que el informe de secretaría “en buena medida reproduce los informes propios que esta asociación en su afán de impedir el atropello urbanístico que se estaba a punto de perpetrar, hizo llegar al equipo de gobierno”. Porque el informe de secretaría solo expone dos cuestiones “que el Ayuntamiento, de forma motivada con expresión de los intereses generales a que sirve, puede denegar la aprobación definitiva del Plan Especial, exigiendo la jurisprudencia un deber de motivación, como criterio eje para controlar si se ajusta derecho la denegación de planeamiento de desarrollo que se puede” y dos que “la denegación de aprobación definitiva del PERI-5 no se encuentra entre los supuestos indemnizatorios previstos en la normativa urbanística”.
Preocupa al Equipo de Gobierno la siguiente afirmación de la asociación: “a Salvemos la Dársena no le cabe duda de que, si los concejales hubiesen conocido íntegramente este informe, el sentido de la votación en el pleno podría haber sido distinto”, “como se comprobó en ese pleno, ninguno de los portavoces manifestó estar de acuerdo con el PERI5 que se aprobaba. En cambio, como se ha visto, se orientó el voto por supuestas razones de legalidad”.
Las “supuestas razones de legalidad” son las expuestas en el informe favorable de la Jefatura el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, considerando que procede seguir con su tramitación y aprobación definitiva, en el informe jurídico favorable emitido por la Técnico de Administración General del Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, y en la nota de conformidad de la Secretaria General de fecha 10 de abril de 2023. Por no hablar de los informes de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, de la Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León, de la Subdelegación de Gobierno, de la Confederación Hidrográfica del Duero, de la Diputación Provincial, de la Dirección General de Aviación Civil, de la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual y del Servicio Territorial de Fomento. Todos favorables.
Todos estos informes fueron examinados por las concejalas y los concejales para emitir su voto.
No existe duda alguna en el expediente administrativo tramitado por el Ayuntamiento sobre la legalidad de las determinaciones del concreto instrumento de planeamiento de desarrollo.
Todo esto es de sobra conocido por la Asociación. Desde el Equipo de Gobierno se entiende la defensa del interés de los asociados en mantener las vistas de sus viviendas que necesariamente han de verse afectadas por la edificación de las parcelas que tienen enfrente. Pero no está justificado de ninguna manera la intoxicación informativa que están llevando a cabo, máxime cuando el asunto está sub iudice y afecta a otro ciudadano que se le ha reconocido el derecho a urbanizar sus parcelas.
La Plataforma Salvemos la Dársena acusa al Ayuntamiento de ocultar el informe del PERI5