Imagen de la fachada del Ayuntamiento de Paredes de Nava.

El Ayuntamiento celebra esta decisión y ha convocado una reunión con los vecinos para explicarles las consecuencias de la sentencia del Supremo que sienta jurisprudencia

Paredes de Nava, su Ayuntamiento, se acaba de apuntar un tanto en la defensa de los intereses generales de sus vecinos. Un tanto que puede servir de punta de lanza, de ariete, para otras instituciones que se encuentren en la misma situación: la imposibilidad de dedicar terrenos comunales para proyectos que sean productivos para el municipio. En este caso para la producción de energía eléctrica por medio de renovables. Eso sí, a cambio de pingües beneficios para las arcas del municipio y los servicios de sus vecinos.

Tanto es así que, la sentencia que le acaba de dar la razón y que ha llenado de “satisfacción” al Ayuntamiento que acudió al Alto Tribunal para defender sus intereses y los del conjunto de los vecinos, va a ser rebotada, enviada y dada a conocer a administraciones provincial y autonómica así como a las Federaciones Regional y Nacional de Municipios y Provincias , “dada la transcendencia de la misma para muchas localidades españolas”.

El Supremo permite al Ayuntamiento de Paredes de Nava la adjudicación de un proyecto de energías renovables

Explican que “esta sentencia del Supremo en casación tiene una enorme importancia jurídica al sentar jurisprudencia y afectar a cientos de ayuntamientos que disponen de bienes comunales, abriéndoles la puerta a desarrollar en esos terrenos proyectos de energías renovables que pueden beneficiar a total de sus vecinos”.

Fijando doctrina

Y es que esta sentencia, la 332/2024 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección quinta del TSJ, reconoce “los argumentos invocados por el Ayuntamiento paredeño, fijando como doctrina la legalidad de acotar una parte de un bien comunal para un fin específico de interés social, y en particular, para la producción de energías renovables, siempre que se cumplan unos condicionantes, los cuales el Ayuntamiento ha verificado escrupulosamente en este caso: El respeto a la naturaleza comunal del bien, el mantenimiento del uso agrícola tradicional en el terreno no acotado y el beneficio que la nueva actividad pueda reportar al municipio, a sus vecinos y, en definitiva, a toda la sociedad”, apunta el Ayuntamiento de Paredes en un comunicado de prensa.

En el mismo expresa su “grata sensación de que, tras el difícil camino recorrido, por fin se ha hecho justicia, teniendo la certeza de que este aval otorgado por el Tribunal Supremo abrirá paso a una etapa de prosperidad y mejora en las condiciones de vida de todos los paredeños, lo que constituye una herramienta más en la lucha contra la despoblación que este municipio sostiene de forma incansable”. Paredes de Nava acudió al Supremo después de que el TSJCyL anulara las acciones tanto municipales como de la Junta de Castilla y León para la adjudicación de parte de la finca comunal. La Junta se conformó con la sentencia contraria del TSJCyL, pero el Ayuntamiento de Paredes no.

En cuanto al método de aprovechamiento de la superficie acotada, la Sala, “en contra de lo proclamado antes por la justicia castellano-leonesa, también confirma la posibilidad de su cesión a terceros mediante subasta, por ser éste el método legalmente previsto cuando el aprovechamiento directo y colectivo por todos los vecinos no es materialmente posible, como es el caso de la producción de energías renovables (y la mayoría de los casos en la sociedad actual).

Beneficio para todos, sin perjuicio alguno

Igualmente, desde Paredes destacan el análisis realizado por el Supremo al afirmar que la decisión de llevar a cabo esta concesión “beneficiará a todos los paredeños, sin perjuicio alguno para ningún particular o sector concreto, lo que, en opinión de este Consistorio, zanja el falso debate promovido por quienes han pretendido trascender de este litigio una genérica dicotomía entre el sector agrícola y la industria de las renovables, que no ha tenido lugar realmente en este supuesto, al constatarse tanto la compatibilidad como el enriquecimiento recíproco que propiciará el acotamiento de la finca tanto para el común de los vecinos como para el propio sector agrícola dentro del municipio, que saldrá inequívocamente favorecido”.

En este punto Paredes reproduce en su escrito parte de la sentencia: “…permite, (…) que algo más de la mitad del bien comunal continúe dedicándose al uso tradicional agrario (y de caza), sin obstaculizarlo o impedirlo, explicándose en la memoria que acompaña a la decisión municipal los criterios tenidos en cuenta para la selección de los de los terrenos acotados, así como que los rendimientos de su aprovechamiento se destinarán, en primer término, a la mejora de la superficie no acotada y, con ello, a los titulares de sus aprovechamientos (que eran 71 vecinos de una población de cerca de 2000 habitantes), y, en definitiva, a mejoras vecinales, que se detallan, en beneficio de todos los vecinos….”

De esta forma, la Sala, por unanimidad, ha estimado el recurso interpuesto en solitario por el consistorio palentino a la Sentencia del TSJCyL. “La defensa jurídica del Consistorio ha sido llevada por el abogado palentino, natural de Villoldo, José Ignacio Antolín Esguevillas”, señalan desde Paredes.

Reunión con los vecinos

Por otro lado, la sentencia, de la que ha sido ponente Ángeles Huet de Sande, “recuerda la obligación constitucional que tienen los poderes públicos de proteger el medioambiente, así como de contribuir al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible plasmados en la Ley 7/2021 de 20 de mayo, mediante cumplimiento de los compromisos de reducción de emisiones que derivan del Derecho europeo y del Acuerdo de París de 2015 sobre cambio climático; en todo lo cual encuentra perfecto encaje el acotamiento del terreno comunal hecho en Paredes de Nava”, valoran desde el Ayuntamiento dirigido por Luis Calderón.

Luis Calderón Nájera PP Paredes de Nava
Luis Calderón en una entrevista en Palencia en la Red.

Además de hacer llegar esta sentencia a otras administraciones, el Ayuntamiento de Paredes ha convocado  una reunión informativa a todos los vecinos este domingo día 10 de marzo a las 19:00 en el Salón de Plenos de la localidad para explicar las consecuencias concretas de esta sentencia.

Cabe recordar que esta sentencia da soporte legal a la adjudicación de 460 hectáreas de la  finca comunal a una empresa de energías renovables, “quien ahora podrá desarrollar sus proyectos, recibiendo el pueblo una renta anual de 600.000 euros, generación de empleo y pago de impuestos en la localidad” , subraya el Consistorio paredeño.

-Publicidad-

1 COMENTARIO

  1. Mi más cordial enhorabuena al Ayuntamiento de Paredes de Nava por esa sentencia favorable para todo nuestro pueblo. Esta bien que los grandes esfuerzos que hacéis den fruto para beneficio de todos. Adelante

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingresa tu comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí